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La nota simple informativa es el documento expedido por el Registro de la Propiedad que contiene un extracto sucinto del contenido de los asientos vigentes relativos al inmueble sobre el que se pide.
La identificación del inmueble; la identidad de su propietario o propietarios; la identidad del titular o titulares de derechos inscritos sobre el inmueble y la extensión, naturaleza y limitaciones de éstos; así como las prohibiciones o restricciones que afecten a los titulares o a los derechos inscritos.
La recibirás por correo electrónico, en formato PDF. La validez de las Notas Simples enviadas por esta vía es exactamente la misma que las expedidas directamente en papel por el Registro de la Propiedad. Si lo deseas podrás imprimir la Nota Simple recibida y aportarla en cualquier trámite para el que te haga falta.
Por orden de importancia, es preferible que nos facilites: (1) el número de finca registral; (2) el nombre del titular del inmueble; (3) la dirección del inmueble y (4) la referencia catastral* del inmueble.

Aunque no sepas ni el número de finca registral ni el nombre del titular del inmueble, podemos tramitar la solicitud de Nota Simple sólo con la dirección del inmueble. No obstante, ten en cuenta que si ha habido cambios en la misma desde el momento en que se inscribió el inmueble, es muy probable que no obtengamos la Nota Simple deseada.

*La referencia catastral del inmueble no es todavía un dato fiable para obtener una Nota Simple, ya que no figura inscrito aún para muchos inmuebles en los Registros de la Propiedad. Ten en cuenta que el Catastro y el Registro de la Propiedad utilizan referencias distintas.
Si el Registro de la Propiedad deniega la solicitud por falta de datos o por datos erróneos o incompletos, te lo comunicaremos inmediatamente y te pediremos que nos facilites nuevos datos para que podamos repetir la solicitud una vez más sin coste adicional para ti.
En realidad no hay un único Registro de la Propiedad, sino varios repartidos por todo el territorio español. Cada inmueble se inscribe en el Registro de la Propiedad correspondiente a la circunscripción territorial en la que se encuentra. Puedes localizar tu Registro de la Propiedad aquí.
Por ley deben estar abiertos de lunes a viernes desde las 9:00 a las 17:00 horas, excepto el mes de agosto y los días 24 y 31 de diciembre en que estarán abiertos desde las 9:00 hasta las 14:00 horas.

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